El recurso del Constitucional contra la Ley Catalana

El tc admite a trámite los recursos del gobierno contra la ley catalana de consultas y contra la convocatoria del 9-n y acuerda la suspensión de ambas.

A  pesar de todo, el Gobierno Catalán mantiene el pulso con el Estado central, continuando como si nada con la convocatoria  del referéndum en firme. El Gobierno Central  no tiene intención de dar por válido la realización de ningún referéndum, y el Gobierno Catalán tampoco tiene pensado retirar la convocatoria a las urnas. Ambos hablan de diálogo, pero ninguno lo mantiene,  el pulso entre ellos   es feroz.

El Pleno del TC acuerda la suspensión automática tanto de los preceptos recurridos de la ley como del decreto de convocatoria, decisión que es consecuencia de la invocación por parte del Gobierno de la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución. Dicho precepto establece lo siguiente: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses”.

A.V.

Comentarios

  1. Por lo que entiendo que la Convocatoria debería ser "presunta convocatoria" puesto que el Tribunal Constitucional ha suspendido la consulta del 9-N.

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  2. Artur Mas esta condunciendo a todos los catalanes a un sin sentido

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  3. Artur mas se esta pasado de la raya con la ley en la mano y con los tribunales que pueden actuar contra el.

    A.V

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  4. Adolfo que no me escribes ni ostias.
    A ver si para el siguiente me respondes a mi y a mis primos.

    J.Z. Tu admirador anónimo

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